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title: "Caducidad y revisión de los EPI"
description: "Qué exigen el RD 773/1997 y el Reglamento UE 2016/425 sobre mantenimiento, vida útil, entrega y entrenamiento de los EPI, y cómo se documenta el control."
lede: "Un EPI no tiene una fecha de caducidad, tiene tres: la del fabricante, la de la revisión periódica y la que impone el uso real. Confundirlas es el incumplimiento más habitual en una auditoría — y la norma española no fija ninguna periodicidad general, lo que sorprende a casi todo el mundo."
jurisdiction: "España"
locale: "es-ES"
publishedOn: 2026-09-02
reviewedOn: 2026-09-05
canonical: "https://safeally.net/es-es/guias/epi-y-formacion/caducidad-y-revision-de-los-epi/"
sources:
  - label: "Real Decreto 773/1997 sobre utilización de equipos de protección individual"
    url: "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-12735"
    publisher: "BOE"
  - label: "Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales — artículos 15 y 17"
    url: "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-24292"
    publisher: "BOE"
  - label: "Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual"
    url: "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32016R0425"
    publisher: "EUR-Lex"
  - label: "Real Decreto 2177/2004 — trabajos temporales en altura"
    url: "https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-19311"
    publisher: "BOE"
  - label: "Equipos de protección individual — criterios técnicos"
    url: "https://www.insst.es/materias"
    publisher: "INSST"
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# Caducidad y revisión de los EPI

Un EPI no tiene una fecha de caducidad, tiene tres: la del fabricante, la de la revisión periódica y la que impone el uso real. Confundirlas es el incumplimiento más habitual en una auditoría — y la norma española no fija ninguna periodicidad general, lo que sorprende a casi todo el mundo.

## Tres relojes

**El folleto informativo del fabricante.** Es el primer texto aplicable, antes que
cualquier práctica sectorial: fija la vida útil, las condiciones de
almacenamiento, los criterios de desecho y a menudo la periodicidad de revisión.
El Reglamento (UE) 2016/425 obliga a que ese folleto acompañe al equipo **en la
lengua del país de comercialización**, y el RD 773/1997 obliga al empresario a
tenerlo en cuenta. Un EPI utilizado más allá de lo que su folleto prevé es no
conforme, **aunque ninguna norma cite el producto**.

**La revisión periódica.** El artículo 7 del RD 773/1997 obliga a asegurar el
mantenimiento de los EPI, incluidas las reparaciones y sustituciones necesarias, y
a que su utilización se ajuste a lo previsto. **No fija ninguna periodicidad**, y
eso es lo que casi nadie espera: en España la fecha de revisión sale del folleto
del fabricante y de la norma técnica del producto, no de un reglamento. Para los
equipos de **categoría III** —entre ellos los sistemas anticaídas— la práctica
consolidada, respaldada por las normas UNE-EN aplicables, es la revisión anual por
persona competente además de la comprobación previa a cada uso.

**El uso real.** Un casco que ha recibido un impacto, un arnés que ha detenido una
caída, un guante expuesto a un producto fuera de su lista de compatibilidad: los
tres salen de servicio de inmediato, sea cual sea su fecha. Eso lo detecta la
comprobación antes de cada uso, que corresponde al usuario — y por tanto la
formación que la hace posible.

## El marco completo

| Norma                    | Qué impone                                                               |
| ------------------------ | ------------------------------------------------------------------------ |
| LPRL art. 15.1.h         | **Anteponer la protección colectiva a la individual**                    |
| LPRL art. 17.2           | Provisión de EPI adecuados y velar por su uso efectivo                   |
| LPRL art. 14.5           | El coste de las medidas **no recae sobre los trabajadores**              |
| RD 773/1997 art. 3       | Obligaciones generales del empresario                                    |
| RD 773/1997 art. 4       | Condiciones de utilización: duración, número de usuarios, puesto         |
| RD 773/1997 art. 5       | Elección tras evaluación, con participación de los trabajadores          |
| RD 773/1997 art. 6       | **Consulta y participación** de los trabajadores                         |
| RD 773/1997 art. 7       | Mantenimiento, reparación, sustitución; uso personal salvo excepción     |
| RD 773/1997 art. 8       | Información, formación y **entrenamiento** en el uso                     |
| RD 773/1997 Anexos I-III | Lista indicativa de riesgos, EPI y actividades                           |
| RD 2177/2004             | Trabajos temporales en altura: sistemas anticaídas, formación específica |
| Reglamento (UE) 2016/425 | Categorías I/II/III, marcado CE, declaración UE, folleto                 |

Tres de ellas deciden una inspección:

**La gratuidad (art. 14.5 LPRL).** Ningún EPI puede recaer sobre el trabajador, ni
por descuento en nómina, ni por fianza, ni como «aportación». Incluye el calzado de
seguridad y la ropa de protección cuando se imponen como EPI. El contraejemplo
recurrente: el plus de vestuario abonado en lugar de la entrega, que no es una
entrega.

**El entrenamiento (art. 8.2 RD 773/1997).** Para los EPI cuyo uso es complejo o
que protegen frente a riesgos graves, la información y la formación no bastan: el
reglamento exige **organizar sesiones de entrenamiento** en la utilización. En la
práctica esto coincide con la categoría III: anticaídas, protección respiratoria,
protección química, temperaturas extremas, riesgo eléctrico. Una hoja de firmas de
una charla no es un entrenamiento; una sesión de colocación del arnés con
suspensión sí lo es.

**La compatibilidad (art. 4.2 RD 773/1997).** Cuando la presencia de varios
riesgos exija llevar varios EPI simultáneamente, deben ser **compatibles entre sí y
mantener su eficacia** frente a cada riesgo. El trío casco + protección auditiva +
gafas es el caso de escuela: tres EPI conformes por separado pueden formar un
conjunto que ya no protege, y nadie lo comprueba porque cada línea del catálogo es
conforme.

## Las categorías del Reglamento europeo

| Categoría | Riesgos que cubre                                                                                                                                                                                                                                                                                                                         | Qué implica                                                                       |
| --------- | ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- | --------------------------------------------------------------------------------- |
| I         | Riesgos mínimos: lesiones mecánicas superficiales, agua, contacto con superficies calientes por debajo de 50 °C, radiación solar, condiciones atmosféricas no extremas                                                                                                                                                                    | Autocertificación del fabricante; información y formación                         |
| II        | Todos los riesgos que no son de I ni de III                                                                                                                                                                                                                                                                                               | Examen UE de tipo por organismo notificado                                        |
| III       | Riesgos mortales o irreversibles: sustancias peligrosas, atmósferas con deficiencia de oxígeno, agentes biológicos, radiaciones ionizantes, calor desde 100 °C, frío desde −50 °C, **caídas de altura**, descargas eléctricas, ahogamiento, cortes por sierra de cadena, chorros a alta presión, heridas de bala o cuchillo, ruido nocivo | Examen UE de tipo **más** control de la producción. **Entrenamiento obligatorio** |

La categoría no está impresa en el producto: se lee en la declaración UE de
conformidad y en el folleto. Es, sin embargo, la que decide si hay que organizar
entrenamiento, y es el dato que las fichas comerciales omiten con más frecuencia.

## Vidas útiles reales, y la trampa del almacén

Ninguna norma española fija la vida útil de un EPI. Sale del folleto y varía entre
fabricantes para el mismo tipo de producto. Los órdenes de magnitud siguientes
sirven para detectar una anomalía, **no para sustituir al folleto**:

| EPI                                  | Orden de magnitud habitual (manda el folleto)                                   |
| ------------------------------------ | ------------------------------------------------------------------------------- |
| Casco de obra de polietileno         | 3 a 5 años desde la puesta en servicio; a menudo 5 desde fabricación en almacén |
| Casco de ABS o policarbonato         | Suele ser más largo, hasta 8 o 10 años según fabricante                         |
| Arnés, elementos de amarre textiles  | 8 a 10 años desde fabricación en la mayoría, con límite de uso menor            |
| Absorbedor de energía                | Igual que el arnés; **desecho inmediato** tras activarse                        |
| Dispositivo anticaídas retráctil     | Intervalo del fabricante, a menudo revisión en fábrica cada 2 a 5 años          |
| Guantes de protección química        | Según el tiempo de paso del par guante/producto, a menudo en minutos            |
| Filtros para protección respiratoria | Fecha de caducidad del envase sellado, más duración de uso tras apertura        |
| Calzado de seguridad                 | Según estado: suela, puntera, plantilla, corte. Sin fecha teórica               |
| Tapones moldeados a medida           | 3 a 5 años, con verificación de atenuación                                      |

**La trampa del almacén.** Muchos folletos cuentan la vida útil **desde la fecha de
fabricación**, no desde la puesta en servicio. Un arnés comprado a buen precio en
fin de serie puede llegar con dos años ya consumidos. Por eso la fecha de
fabricación —presente en la etiqueta de todo EPI de categoría III— se anota en la
**recepción** y no en la primera revisión.

## Qué constituye la prueba

La **ficha de entrega** individual: qué se entregó, a quién, cuándo, en qué talla,
frente a qué riesgo, con la firma del trabajador. Ningún artículo la impone con ese
nombre, pero es el documento que demuestra a la vez la entrega gratuita, la
información sobre su uso y la **fecha desde la que corren los plazos**.

Lo que contiene una ficha de entrega utilizable:

- trabajador, puesto, centro;
- designación exacta: marca, modelo, **categoría**, norma UNE-EN, talla;
- **número de serie o identificador individual** para todo EPI sujeto a revisión
  periódica — sin él, el historial de revisiones no se puede vincular a ningún
  objeto;
- fecha de fabricación y fecha de entrega;
- riesgo frente al que protege, con referencia a la línea de la evaluación de
  riesgos;
- fecha de la formación y, en categoría III, del **entrenamiento**;
- próximo vencimiento: revisión, o fin de vida útil;
- firma del trabajador, que acredita recepción e información;
- apartado de **devolución o desecho, con el motivo**.

El último apartado es el que se olvida y el que salva: un EPI desechado sin motivo
registrado es indistinguible de un EPI perdido, y un arnés cuya destrucción tras
una caída no se puede demostrar es un arnés del que hay que suponer que volvió a
una obra.

## El registro de revisiones

Los resultados se documentan y se conservan a disposición de la autoridad laboral.
Lo que hace útil un registro:

- una entrada **por equipo identificado**, no por lote;
- la fecha, el nombre y la **competencia** del revisor;
- el resultado: conforme, conforme con seguimiento, desecho — y el motivo;
- la acción derivada de cada defecto, con fecha;
- **la conservación después de sustituir el equipo.** Es lo que más se rompe: una
  revisión hecha cuyo rastro desapareció con el archivo antiguo es, para un
  inspector, una revisión que no se hizo.

## Especificidades por sector

### Construcción

El sector donde la revisión anual pesa más, porque los **sistemas anticaídas**
están en todas partes: arneses, elementos de amarre, absorbedores, anticaídas
deslizantes, retráctiles. Cada componente es un EPI distinto con su propia revisión
y su propia vida útil, y el conjunto nunca es más nuevo que su pieza más antigua.

Puntos propios:

- las **líneas de vida y puntos de anclaje permanentes no son EPI**: son
  equipos o parte de la obra, con otro régimen de comprobación, y un informe de
  revisión de EPI no los cubre. Es la laguna más habitual en un expediente por lo
  demás completo;
- el **RD 2177/2004** añade requisitos específicos de formación y de elección de
  sistema para trabajos temporales en altura;
- la **subcontratación** y la Ley 32/2006: comprobar que la dotación del
  subcontratista existe y está vigente es un punto del plan de seguridad y de la
  coordinación de actividades, no de su registro;
- **sílice cristalina respirable** condiciona la protección respiratoria en casi
  toda obra, lo que convierte el programa de respiratoria en documento de obra;
- desde el RDL 4/2023, el EPI debe considerarse frente a **temperaturas extremas**:
  un traje de protección química a 38 °C es en sí un factor de riesgo, y debe verse
  en la evaluación.

### Industria y producción

Más variedad de EPI y menos sujetos a periodicidad, así que todo el seguimiento
descansa en reglas internas. Los casos duros:

- **guantes de protección química** — el guante correcto lo determina el tiempo de
  paso del par guante/producto, a menudo en minutos. Un guante «químico» genérico
  frente a un disolvente concreto es una conformidad aparente, y es el hallazgo más
  frecuente en una auditoría de agentes químicos;
- **arco eléctrico** — la clase de la ropa y del protector facial sale del cálculo
  de energía incidente, no del nombre de la tarea;
- **protección auditiva** — la atenuación real depende del ajuste, y un tapón mal
  colocado atenúa menos que nada porque genera la impresión de protección. La
  verificación individual del ajuste vale más que un catálogo de SNR;
- **protección respiratoria** — el filtro tiene dos plazos: caducidad del envase
  sellado y duración de uso tras la apertura. El segundo casi nunca se sigue.

### Logística y almacén

Calzado y guantes dominan, y ninguno tiene periodicidad reglamentaria: todo el
seguimiento es su práctica. Puntos reales: resistencia a la perforación y
adherencia sobre suelo liso mojado, guantes para picking repetitivo sin pérdida de
agarre, ropa de alta visibilidad según UNE-EN ISO 20471 en zonas de circulación de
carretillas, y EPI de frío en cámaras, donde la duración del uso es en sí una
medida preventiva.

### Sanidad y sociosanitario

Régimen distinto: la mayoría de los EPI son de **un solo uso**, con lo que
desaparece la revisión periódica y la sustituye la continuidad de suministro.
Puntos propios: mascarillas FFP2/FFP3 con verificación del ajuste al colocarlas,
la distinción entre guante de examen y guante de protección química para productos
de limpieza y citostáticos —que se confunde constantemente y pesa mucho—,
protección ocular frente a salpicadura biológica, y batas adecuadas al
procedimiento.

La ayuda a domicilio añade que el empresario no controla el entorno, así que la
elección del EPI se ancla al **tipo de visita** y no a un local.

### Agricultura y forestal

Protección fitosanitaria: mono de tipo 3, 4 o 6 según el producto y el método de
aplicación, guantes de nitrilo de longitud suficiente, protección respiratoria
habitualmente A2P3 y pantalla facial. La dificultad es la **descontaminación**: un
EPI fitosanitario reutilizable mal lavado concentra la exposición en lugar de
reducirla, y el folleto fija el número de ciclos de lavado admitidos. La etiqueta
del producto fitosanitario es además vinculante y prevalece sobre la política
general de la empresa. Se añaden la protección anticorte para motosierra
—categoría III, con entrenamiento— y la protección auditiva y antivibratoria.

## Qué comprueba una inspección

- [ ] **La evaluación de riesgos designa los EPI**, y los EPI presentes se
      corresponden con los designados.
- [ ] **Se ha examinado antes la protección colectiva** — el EPI no es la primera
      respuesta a un riesgo evitable, y la razón está escrita.
- [ ] **Los EPI de categoría III tienen revisión de menos de doce meses**,
      almacén incluido.
- [ ] **La competencia del revisor está documentada.**
- [ ] **Los anclajes permanentes están comprobados por otra vía.**
- [ ] **Los resultados se registran por equipo identificado**, con las acciones.
- [ ] **La ficha de entrega existe y está firmada**, con número de serie en
      categoría III.
- [ ] **Hay formación y, en categoría III, entrenamiento.**
- [ ] **Los folletos están disponibles** y en castellano.
- [ ] **Las vidas útiles se siguen**, desde fabricación donde ése sea el criterio.
- [ ] **La gratuidad es efectiva** — sin descuentos ni pluses en sustitución.
- [ ] **La compatibilidad entre EPI simultáneos** está verificada.
- [ ] **El desecho está trazado con motivo**, y los EPI afectados por un suceso
      están demostrablemente fuera de servicio.
- [ ] **Se ha consultado a los delegados de prevención** en la elección (art. 6).

## Modelos de redacción

**Cabecera de una ficha de entrega.**

> **Trabajador:** M. Sánchez — **Puesto:** Técnico de mantenimiento — **Centro:** Planta 2
> **EPI entregado:** Arnés anticaídas Marca X, modelo Y, **categoría III**, UNE-EN 361
> **Talla:** M/L — **N.º de serie:** 2024-04-118273
> **Fecha de fabricación:** 04/2024 — **Fecha de entrega:** 12/06/2025
> **Riesgo cubierto:** caída de altura — acceso a cubierta y a pasarela del
> mezclador. Evaluación de riesgos, línea MEC-07
> **Formación:** 12/06/2025 — **Entrenamiento (cat. III):** 12/06/2025, suspensión
> realizada; el trabajador ha efectuado la comprobación previa al uso
> **Próxima revisión:** antes del 11/06/2026
> **Fin de vida útil según folleto:** 04/2034
> **Firma del trabajador:** ______________ (acredita recepción e información)

**Línea de registro de revisión.**

> **12/05/2026** — Arnés n.º 2024-04-118273 — revisión anual — Revisor: A. Martín,
> formación de revisor de EPI anticaídas [proveedor, fecha]
> **Resultado:** conforme con seguimiento — desgaste en la cinta perineal
> izquierda, dentro de los límites del fabricante
> **Acción:** sustitución prevista el 30/09/2026; comprobación intermedia el
> 31/07/2026
> **Próxima revisión:** antes del 11/05/2027

**Nota de desecho — cuatro líneas que evitan un problema.**

> **Fecha:** 03/07/2026 — **EPI:** Arnés n.º 2024-04-118273
> **Motivo:** caída detenida el 02/07/2026, trabajador indemne. Absorbedor
> activado. Desecho inmediato conforme al folleto del fabricante.
> **Destrucción:** cintas cortadas, retirada a residuo el 03/07/2026, con testigo
> [nombre]
> **Reposición:** arnés n.º 2026-06-224901 entregado el 03/07/2026, ficha
> actualizada

**Redacciones que no sostienen.**

| Lo que suele escribirse   | Por qué no sostiene                                 | Lo que se escribe en su lugar                                                       |
| ------------------------- | --------------------------------------------------- | ----------------------------------------------------------------------------------- |
| «EPI revisados en 2026»   | Sin equipo, sin fecha, sin revisor                  | Una línea por equipo identificado, con la fecha exacta                              |
| «Guantes químicos»        | El guante depende del producto                      | «Nitrilo 0,4 mm, tiempo de paso > 240 min frente a [producto]»                      |
| «Formación en EPI»        | No distingue información, formación y entrenamiento | «Entrenamiento de arnés con suspensión, 12/06/2025»                                 |
| «Cambiar los cascos»      | Sin criterio, así que nunca se hace                 | «Cascos fabricados antes de 06/2021: 14 unidades, sustitución antes del 31/03/2026» |
| «Dotación estándar»       | No vincula el EPI a ningún riesgo evaluado          | Referencia a la línea de la evaluación que lo exigió                                |
| «Permanente» / «continuo» | Sin fecha nada vence                                | Fecha de calendario y persona con nombre                                            |

## Dónde se rompe

El seguimiento en hoja de cálculo aguanta hasta el segundo centro o el tercer tipo
de EPI. Lo que se rompe no es el cálculo de fechas: es el **aviso previo** al
vencimiento y la conservación del historial de revisiones una vez sustituido el
equipo. Una revisión hecha cuyo rastro desapareció con el archivo antiguo es, para
un inspector, una revisión que no se hizo.

Tres síntomas anteceden siempre a la rotura:

1. **La columna de «próximo vencimiento» se calcula a mano.** Por tanto está mal en
   algún sitio, y nadie sabe dónde.
2. **El almacén no está en el archivo.** El EPI almacenado envejece igual, y es el
   que sale caducado el día que se cubre un puesto con urgencia.
3. **Faltan los números de serie.** Sin identificador individual no hay forma de
   vincular un historial de revisiones al objeto que alguien tiene en la mano — y
   eso es exactamente lo que se pide después de un accidente.

El remedio no es un programa: es decidir que la unidad de seguimiento es el
**equipo identificado** y no la referencia de catálogo. Todo lo demás se deriva de
ahí, incluida la pregunta de si una hoja de cálculo sigue bastando.
