El plan es la pieza que convierte el estudio de seguridad y salud — redactado en fase de proyecto, por encargo del promotor — en algo ejecutable por quien realmente va a construir. Lo redacta cada contratista, con sus medios, su secuencia y sus subcontratas, y sin él aprobado no puede empezar la obra.
Qué implica en la práctica
- La aprobación tiene dueño. La otorga el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución; cuando no es preceptivo designarlo, la dirección facultativa. En obras de las Administraciones públicas, el órgano de contratación mediante acta.
- Es un documento vivo. Se modifica en función del proceso de ejecución, de la evolución de los trabajos y de las incidencias, y cada modificación sigue el mismo circuito de aprobación.
- Está en la obra, no en la oficina técnica, a disposición de la dirección facultativa, de la Inspección de Trabajo, de los técnicos de los órganos autonómicos y de los representantes de los trabajadores.
- Va acompañado del libro de incidencias, que custodia el coordinador y en el que las anotaciones tienen consecuencias inmediatas.
Qué no es
No es el estudio de seguridad y salud. El estudio lo encarga el promotor en fase de proyecto y describe los riesgos previsibles de la obra proyectada; el plan lo escribe quien ejecuta y describe cómo va a trabajar. Presentar el estudio como plan es un incumplimiento formal frecuente y fácil de detectar.
No es la evaluación de riesgos de la empresa. La evaluación del artículo 16 de la LPRL cubre a toda la plantilla y toda la actividad; el plan cubre una obra.
Y no es un plan de prévention francés. Aquel documenta la coordinación entre una empresa usuaria y una empresa externa en cualquier sector; el PSS es un instrumento de construcción, con coordinador, libro de incidencias y aviso previo. Confundirlos hace que un grupo internacional crea cubierta la obra cuando solo ha cubierto la coactividad.