Paritario significa exactamente eso: los delegados de prevención de un lado y el empresario o sus representantes en número igual del otro. Se reúne al menos trimestralmente y siempre que lo solicite alguna de las representaciones, y adopta sus propias normas de funcionamiento.
Qué implica en la práctica
- Dos competencias centrales. Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención, y promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la prevención efectiva de los riesgos.
- Facultades de acceso. Conocer directamente la situación de la prevención en el centro, con visitas incluidas; conocer los documentos e informes sobre condiciones de trabajo; conocer los daños producidos y los informes del servicio de prevención.
- Con voz y sin voto pueden participar los responsables técnicos de la prevención no incluidos en el comité, los trabajadores con especial cualificación o información sobre un asunto concreto, y los técnicos de prevención ajenos a la empresa cuando alguna de las representaciones lo solicite.
- El acta es la memoria del sistema. Es lo que años después demuestra que un riesgo fue detectado, debatido y tratado.
- Varios centros pueden acordar un comité intercentros, si así lo pacta la negociación colectiva.
Qué no es
No es un órgano decisorio con responsabilidad propia. Consulta, participa, promueve y conoce; la responsabilidad de la prevención sigue íntegra en la empresa. Un acuerdo del comité no exonera a nadie.
No es el comité de empresa. Son órganos distintos, con composición y funciones distintas, aunque los delegados de prevención salgan del segundo.
Y no es el ASA alemán. El Arbeitsschutzausschuss reúne trimestralmente a médico del trabajo, técnico, dirección y delegados a partir de veinte trabajadores, sin elección y sin paridad. Mismo cuadro en el organigrama, dos construcciones jurídicas distintas.