La designación corresponde al promotor, y no lo libera de sus obligaciones: es una de las frases del Real Decreto 1627/1997 que más veces se olvida en una reunión de obra. El coordinador es un técnico competente, y su papel cambia según la fase.
Qué implica en la práctica
- En fase de proyecto, coordina la aplicación de los principios generales de prevención en las decisiones constructivas y de planificación de los distintos trabajos, y en la estimación de su duración.
- En fase de ejecución, coordina la aplicación de esos principios, la actividad de las empresas concurrentes, aprueba el plan de seguridad y salud y sus modificaciones, organiza la coordinación de actividades empresariales, y adopta las medidas necesarias para que solo acceda a la obra quien deba hacerlo.
- Custodia el libro de incidencias, y una anotación por incumplimiento de las advertencias obliga a remitirla a la Inspección en veinticuatro horas.
- Puede ordenar la paralización de los tajos o de la totalidad de la obra en circunstancias de riesgo grave e inminente, con comunicación a la Inspección, a las empresas y a los representantes de los trabajadores.
- El aviso previo a la autoridad laboral también es responsabilidad del promotor antes del comienzo de los trabajos.
Qué no es
No es el recurso preventivo. El recurso preventivo lo designa cada empresa contratista, tiene presencia física en operaciones concretas y vigila la eficacia real de las medidas. El coordinador coordina a las empresas entre sí.
No es la dirección facultativa, aunque en la práctica la persona a menudo coincida. Son funciones distintas y responsabilidades distintas.
Y no es el coordonnateur SPS francés en sentido estricto, pese al parecido: Francia organiza la coordinación en tres categorías de obra con un plan general de coordinación y un registro-journal propios. Los dos sistemas descienden de la misma directiva europea, y la ejecución práctica diverge lo suficiente como para que un procedimiento de grupo tenga que escribirse dos veces.